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RENTA 2019: Puedo deducir una vivienda adquirida en 2015 ?

He adquirido una vivienda en 2015 y quería saber si puedo desgravarme las cuotas, seguros asociados a la hipoteca, gastos de notaría, etc. Por otro lado, hasta el mes de mayo de 2015 continué pagando un alquiler que anteriormente me desgravaba, en enero cumplí los 35 años ¿Puedo también incluirlo?

Desde el 01 de Enero de 2013 ya no es posible la deducción por adquisición, mejora, ampliación o rehabilitación de la vivienda habitual salvo que viva en País Vasco o Navarra.

En cuanto al alquiler de la vivienda si el contrato es anterior al 01 de Enero de 2015 puede efectivamente aplicar la deducción estatal por alquiler de vivienda por ese periodo que indica hasta el mes de mayo.La deducción se podrá aplicar si el contribuyente tiene una base imponible inferior a 24.107,20 euros. Además tendrá que consultar si su Comunidad  establece algún tipo de deducción autonómica.

Si necesita mas información puede contactar con nosotros a través de nuestro correo electrónico easesoronline@gmail.com o nuestra página web www.easesoronline.com





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