- Financiación orientada a autónomos, pymes y las entidades sin ánimo de lucro (siempre tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar) residentes en España que tengan más de un año de antigüedad.
- Se financian inversiones (maquinaria, equipo informático, mobiliario, inmuebles, vehículos, adquisición empresas, etc) o liquidez ( necesidades puntuales de tesorería)
CONDICIONES
- Importe de la operación: Hasta el 100% de la inversión hasta un máximo de 200.000 €
- Modalidad: Préstamo o leasing.
- Tipo de interés: Tipo de interés variable Euribor 6 meses (TIPO DE EURIBOR A FECHA DE 10/10/2011: 2,10) más 4 %.
- Amortización y carencia: Para inversión 7 años con dos de carencia y para liquidez 3 años con uno de carencia.
- Comisiones: Se cobrará una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 Euros.
- Garantías: El ICO realizará un análisis de cada solicitud y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad, determinará las garantías que considere.
- Se puede solicitar directamente al ICO o bien a una de las entidades colaboradoras que figuran adheridas.
VIGENCIA
· Hasta el 31 de diciembre de 2011
PLAZO PARA DEVOLVER EL PRESTAMO
- Inversión 7 años, con 2 años de carencia del pago del capital inicial.
- Liquidez 3 años con 1 año de carencia para el pago del capital inicial.
Las condiciones necesarias que deben cumplir para optar a un crédito ICOdirecto son:
- Estar dado de alta en “Régimen Especial de Trabajadores Autónomos” (RETA) durante al menos un año.
- Ser residente en España.
No, es necesario que la Pyme, la entidad sin ánimo de lucro o autónomo lleven al menos un año constituidas o registrados.
Le recordamos, que sí puede hacerlo a través de la línea ICO-SGR, que también se tramita a través del canal del Facilitador Financiero. www.facilitadorfinanciero.es
Le recordamos, que sí puede hacerlo a través de la línea ICO-SGR, que también se tramita a través del canal del Facilitador Financiero. www.facilitadorfinanciero.es
En función de la modalidad que necesite se puede financiar:
1.- Inversión:
* Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
* Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (no incluido I.V.A o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) no supere los 30.000 euros.
* Adquisición de Empresas.
* Leasing (incluido el impuesto de matriculación de vehículos).
La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a un año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la fecha de firma de la financiación.
En todo caso, no se financian bajo esta modalidad de inversión: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión, ni el circulante.
Si la inversión no se pudiera ejecutar en el plazo de un mes por causas debidamente justificadas, se puede solicitar una prórroga al ICO, a través de la entidad financiera en la que formalizó el préstamo, alegando las causas que han impedido la ejecución de la inversión y su grado de ejecución. Si procede, el ICO autorizará (de manera excepcional) la ampliación del plazo.
La obtención de financiación en este producto no es incompatible con la obtención de financiación de otros organismos o de otras Líneas ICO.
El ICO realizará un análisis de cada solicitud y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad, determinará las garantías que considere oportunas, que podrán ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales solidarios o Sociedades de Garantía Recíproca.
Se podrá realizar una amortización anticipada voluntaria siempre que coincida con una fecha de renovación de intereses, a solicitud del cliente en la entidad de crédito donde se formalizó el préstamo, sin ninguna penalización
Deberá facilitar la siguiente información:
- Datos Básicos, recoge información de identificación del usuario;
- Datos Financieros, se debe introducir información económico-financiera del usuario solicitante;
- Datos de la Operación de financiación que se desea solicitar;
- Datos de Garantías. Información de las garantías aportadas en la operación.
- Observaciones. Comentarios adicionales
- Se hará un análisis de la solicitud de operación desde un punto de vista de riesgo de crédito, con objeto de verificar si la misma cumple con los requisitos mínimos exigidos (solvencia, rentabilidad,…) para su tramitación por ICOdirecto.
- Fruto de este análisis puede ser necesaria la aportación de documentación adicional o garantías a dicha operación, en cuyo caso el cliente recibirá un correo electrónico en el que se detallará la información que debe aportar y los pasos a seguir.
- Una vez evaluada la operación con la nueva documentación solicitada, el resultado del análisis realizado podrá ser:
- Negativo. En cuyo caso, se le informa vía correo electrónico que su solicitud de operación ha sido denegada.
- Positivo. Se le informa vía correo electrónico que la operación ha sido aceptada y que en los próximos días se iniciará el proceso de formalización por la Entidad Financiera que el cliente ha seleccionado en el proceso de alta.Dicha Entidad Financiera se pondrá en contacto con el cliente para comunicarle los siguientes pasos dentro del proceso.
El cliente debe tener en cuenta que la concesión de la financiación estará condicionada al cumplimiento de los requisitos de formalización y disposición.
Para Pymes, recomendamos que tengan la siguiente documentación correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado:
- Balance normal o abreviado, según las características de la empresa, que haya depositado en el Registro Mercantil
- Cuenta de Pérdidas y Ganancias, normal o abreviada, depositada en el Registro Mercantil
- Modelo 201 del Impuesto sobre Sociedades.
Para Autónomos, recomendamos que tengan disponible:
- Declaración del IRPF, ya que se les pedirá información sobre ingresos y gastos correspondientes a los doce últimos meses.
- Declaración de bienes, puesto que deberán informar de su patrimonio bruto (propiedades inmobiliarias, coches, depósitos, valores inmobiliarios y demás bienes o derechos que estén a su nombre).
- Recibo de autónomos.
Es necesario dar de alta dos operaciones: una operación para inversión y otra para liquidez.
No es posible realizar el cambio de entidad financiera una vez formalizado el préstamo.
Solicitanos información www.easesoronline.com
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