Con carácter general están obligados a presentar la declaración, quienes en 2018 hayan obtenido rentas superiores a los indicados a continuación: Rendimientos íntegros del trabajo: → 22.000€ anuales, si proceden de: • Un único pagador. • Varios pagadores; cuando: • La suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supere en conjunto 1.500€ anuales. • Sus únicos rendimientos del trabajo consistan en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas y que el tipo de retención aplicable se haya determinado por el procedimiento especial, establecido reglamentariamente. → 12.643€ anuales cuando: (NOVEDAD) para el ejercicio 2018 el límite excluyente de la obligación de declarar se eleva de 12.000 a 12.643 euros anuales, salvo cuando el contribuyente hubiera fallecido antes del 5 de julio de 2018, en cuyo caso se mantiene en 12.000 euros anuales. • Pr...