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Mostrando las entradas etiquetadas como renta 2021

Estoy obligado a presentar la Declaración de la Renta 2021 ?

Con carácter general están obligados a presentar la declaración, quienes en 2021 hayan obtenido rentas superiores a los indicados a continuación: Por percibir rentas del trabajo Límite de 22.000 euros. En general, si una persona obtiene principalmente rentas del trabajo (salario, pensión de jubilación,  prestación por desempleo...) y estas no superan los 22.000 euros, no está obligada a presentar IRPF. En estos casos, dado  que la empresa o administración pagadora habrá calculado la retención según las retribuciones totales del año, Hacienda no  exige presentar una declaración cuyo resultado, una vez descontadas las retenciones, supondrá una suma a ingresar o a devolver  muy pequeña. Límite de 14.000 euros. Aun así, vaya con cuidado. ¡Atención! En ciertos casos dicho límite es de solo 14.000 euros. Por ejemplo: Si durante el año se han percibido rendimientos del trabajo de más de una entidad y la suma de las rentas procedentes del  segundo y de los restantes pagadores (en orden de cu

Principales Novedades en la Declaracion de la Renta 2021

  Cambios en la tarifa La  LPGE 2021  aprobó modificaciones relativas al tramo máximo aplicable a la base liquidable del Impuesto así como al porcentaje máximo de retención. Se creó un nuevo tramo correspondiente a las rentas que superen los 300.000 euros con un tipo impositivo nominal del 24,5 por ciento —tramo estatal que se complementará con el correspondiente tramo autonómico—. Quedando como sigue la tarifa del artículo 63 de la LIRPF: Base liquidable – Hasta euros Cuota íntegra – Euros Resto base liquidable – Hasta euros Tipo aplicable – Porcentaje 0,00 0,00 12.450,00 9,50 12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,00 20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00 35.200,00 4.362,75 24.800,00 18,50 60.000,00 8.950,75 240.000,00 22,50 300.000,00 62.950,75 En adelante 24,50 Modificación de la reducción por aportaciones a planes de pensiones en el IRPF El  Real Decreto 899/2021, de 19 de octubre , establece un  orden de prelación  (artículo 51 del  RIRPF ): se entenderán reducidas, en primer lugar, las apor

Consejos para planificar la Declaración de la Renta 2021

  El Registro de Economistas Asesores Fiscales ( REAF) lanza 90 Recomendaciones a fin de minimizar el coste fiscal y optimizar la Renta 2021 antes de que finalice el año, los responsables del REAF destacaron las siguientes: Si durante 2021 ha realizado trabajos en el extranjero , puede que las remuneraciones percibidas por los mismos estén exentas. En ese caso, para no tener problemas en una comprobación administrativa, exija a su empresa que tenga en cuenta esta exención a la hora de practicar las correspondientes retenciones. Para calcular la parte exenta, según un reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo, puede tener en cuenta los días de desplazamiento al país de destino. De cara al año que viene, puede plantearle a su empresa cambiar retribuciones dinerarias por retribuciones en especie que no tributan. Es el caso del cheque-transporte, el cheque-restaurante o el seguro médico que paga la empresa. Para que este último sea retribución en especie exenta es necesario que el

Declaración de la Renta 2021

  Calendario Renta 2021   Se aproxima la fecha de inicio de la declaración de la renta en este año 2021, fijado para el 6 de abril. La Agencia Tributaria ha definido el calendario de declaración del  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas  correspondiente al ejercicio 2021, fijándose las siguientes fechas:   Desde el 6 abril hasta el 30 de junio (*) → Modificación y presentación de la declaración de Renta 2021: Desde el 6 de abril hasta el 30 de junio (*) Hasta el 25 de junio, para el caso de domiciliación bancaria.   Presentación de declaraciones de Patrimonio 2021 : Del 6 abril hasta el 30 de junio, siendo obligatoria su presentación por Internet.                      Solicitud de Borrador y datos fiscales   Obtención del borrador:     Para obtener el Número de referencia los contribuyentes deberán comunicar los datos siguientes:             - su número de identificación fiscal  (NIF) ,             - el importe de la  casilla 505 de la declaración del IRPF  correspondiente a

Declaración de la Renta 2021. Puntos que conviene revisar en el borrador

1.- Situación personal.  La situación personal del contribuyente es algo que puede determinar el resultado de la Declaración y que él mismo debe comunicar a la Agencia Tributaria. Existen determinados datos personales que se indican mediante la presentación de  modelo 030  (de la persona física que no realiza actividad económica). Este modelo sirve para comunicar:  cambios de domicilio  (incluso al extranjero) y  estado civil  (datos del cónyuge).  Pero  hay muchas circunstancias que deben hacerse constar en la declaración de la renta de manera específica por parte del contribuyente: - Si  se convive en pareja sin vínculo matrimonial  (lo que da opción a tributar de manera conjunta exclusivamente por parte de uno de los miembros de la pareja con todos los hijos, si los hubiera o si no en tributación individual); -  En caso de separación  (por resolución judicial), la fecha de efectos de la misma, teniendo en cuenta que se toma la situación a 31 de diciembre del ejercicio que se declara