Con carácter general están obligados a presentar la declaración, quienes en 2021 hayan obtenido rentas superiores a los indicados a continuación: Por percibir rentas del trabajo Límite de 22.000 euros. En general, si una persona obtiene principalmente rentas del trabajo (salario, pensión de jubilación, prestación por desempleo...) y estas no superan los 22.000 euros, no está obligada a presentar IRPF. En estos casos, dado que la empresa o administración pagadora habrá calculado la retención según las retribuciones totales del año, Hacienda no exige presentar una declaración cuyo resultado, una vez descontadas las retenciones, supondrá una suma a ingresar o a devolver muy pequeña. Límite de 14.000 euros. Aun así, vaya con cuidado. ¡Atención! En ciertos casos dicho límite es de solo 14.000 euros. Por ejemplo: Si durante el año se han percibido rendimientos del trabajo de más de una entidad y la suma de las rentas procedentes del segundo y de los restantes p...