Ir al contenido principal

SERVICIOS DE ASESORAMIENTO ON LINE




Las nuevas tecnologías, y en especial la utilización de Internet, constituyen un nuevo canal de comunicación para las personas cómodo, rápido, práctico y eficaz.


Nuestro objetivo es que usted se centre en su negocio y no gaste su tiempo en el correcto cumplimiento de sus obligaciones. Evite esperas en Hacienda, Seguridad Social o en entidades bancarias….nosotros presentamos sus modelos y realizaremos todas las gestiones por usted.

Queremos lograr la plena satisfacción de nuestros clientes, recibiendo un trato totalmente personalizado y adaptado a sus necesidades.



Si ustedes deciden confiarnos la gestión de su empresa, podrán optar por pagar únicamente por los servicios que utilicen, o bien contratar el servicio INTEGRAL, pagando una cuota fija mensual por todos los servicios.


El ahorro de recursos que esto conlleva hace que podamos ofrecer unos precios muy competitivos sin renunciar a la calidad en el servicio. Las distancias no son un obstáculo.

 Usted tan solo nos tendrá que enviar la información que precisemos a nuestras oficinas bien por correo ordinario o por correo electrónico…… nosotros nos encargamos del resto.


Tendrás toda la información de tu negocio las 24 horas al alcance de tu mano.



Para más información, pueden ponerse en contacto con nosotros a través del correo electrónico que detallamos a continuación:


Déjenos sus datos y un número de contacto. Nosotros le llamamos.


Los principales servicios que prestamos son:

· Asesoramiento Fiscal.

· Asesoramiento Laboral.

· Asesoramiento Contable.

· Gestión de Impuestos.

. Gestión y tramitación  de Subvenciones

· Constitución de empresas.

· Actuaciones ante la Administración.

· Declaraciones de Renta.

· Tramitación de Escrituras.

· Sucesiones, Donaciones, Trasmisiones Patrimoniales.




         

Comentarios

Entradas populares de este blog

Montar una empresa Sociedad Limitada

Quieres Emprender ? Si eres ernprendedor y tienes un proyecto nuevo o una idea de negocio, ponte en contacto con nosotros ·     Te asesoramos y gestionamos en todo el proceso de creación y puesta en rnarcha de tu empresa.  Te ayudamos a elegir la forma jurídica m á s adecuada   (si te  beneficia constituir una sociedad, comunidad de bienes.. o empezar como autónomo) ·     Dejamos tu empresa lista para funcionar desde el mismo día de la firma. http://easesoronline.com/constitucion-de-sociedades/   ASESORAMIENTO  CONSTITUCION Servicios incluidos: Solicitud de Denominación Social Elaboración de los Estatutos, revisión y tramitación ante el notario. Inscripción de la Sociedad en el Registro Mercantil Tramitación alta censos Agencia Tributaria y obtención del CIF definitivo. TOTAL HONORARIOS 369 € Si necesita mas información contacte con nosotros a través de nuestro correo electrónico ease...

Me conviene pasar de autónomo a Sociedad Limitada ?

Los empresarios que ejercen como personas físicas y tienen ingresos elevados suelen constituir una SL (en general, para reducir riesgos y para pagar menos impuestos).  Menor carga fiscal Diferencia de tarifas Impuestos. Los beneficios de las sociedades quedan sometidos al Impuesto sobre Sociedades [LIS, art. 1] , mientras que los obtenidos por una persona física tributan en el IRPF [LIRPF, art. 1] . Y las tarifas de ambos impuestos son diferentes: En el IRPF la tarifa es progresiva. Es decir, el tipo impositivo es más alto a medida que la renta también lo es. Así, el tipo marginal puede ser de hasta el 45% (o incluso superior, según la comunidad autónoma) [LIRPF, art. 63] . En el Impuesto sobre Sociedades el tipo es fijo (el 25% con carácter general) [LIS, art. 29.1] . En la práctica Ajustes. Si los ingresos de la actividad son altos, ejercerla a través de la sociedad permitirá obtener ahorros fiscales. Dichos ahorros se conseguirán ajustando el sa...

LEY 7/2012 LEY ANTIFRAUDE FISCAL

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley de Modificación de la Normativa Tributaria y Presupuestaria y de Adecuación de la Normativa Financiera para la Intensificación de las Actuaciones en la Prevención y Lucha contra el Fraude, una vez que ha concluido el trámite parlamentario. La conocida como “ley antifraude” entró en vigor el pasado día 31 de octubre de 2012, con carácter general, excepto su artículo siete (referido a pagos en efectivo) que lo hará dentro de 20 días. Resumen de las principales novedades: Se limita a 2.500 euros el pago en efectivo en operaciones en donde participen empresarios o profesionales. Hacienda perdonará la sanción al contribuyente que denuncie los hechos. Así, no podrán pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga, al menos un empresario o profesional. La limitación no será aplicable a los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito.Quienes  incumplan esta limitación se ...