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SUBVENCIONES NUEVOS AUTÓNOMOS CASTILLA Y LEÓN



 Fecha de publicación:

24 de diciembre de 2012
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2013.
¿Quién lo puede solicitar?:
·         Personas físicas que hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia en el período establecido, siempre que cumplan los requisitos.
·         No se admitirán las solicitudes presentadas por los solicitantes que en la fecha de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente puedan acogerse a bonificaciones, deducciones, reducciones o cualquier otro incentivo

¿Qué requisitos debo cumplir?:
a) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad que exija darse de alta en el RETA: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en el RETA.

b) Excepcionalmente, si en la fecha de alta en el RETA el solicitante no cumple el requisito de estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, se tendrá en cuenta como fecha de referencia, únicamente a efectos del cumplimiento de ese requisito, la que figure como fecha de registro de entrada en el documento de solicitud de alta en el RETA (modelo TA.0521/1 o documento equivalente).

c) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad profesional que exija la colegiación en un Colegio Profesional: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

d) Haberse dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional, antes de presentar la solicitud de subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán financiables las solicitudes de trabajadores por cuenta propia cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido desde el día 1 de noviembre de 2012 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

También serán subvencionables las solicitudes de trabajadores por cuenta propia cuya fecha de registro de entrada del documento de solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (modelo TA.0521 o documento equivalente) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente hubiera tenido lugar desde el día 18 de octubre de 2012, siempre que no hayan sido beneficiarios de la subvención prevista en la Resolución de 20 de septiembre de 2012, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2012.

Las subvenciones se destinarán a fomentar la realización por parte del solicitante de todas o alguna de las acciones subvencionables que se indican a continuación:
Cuantía:
La cuantía máxima de la subvención por todos los conceptos previstos será de 13.000 €, y se calculará, en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las acciones subvencionables:
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de mayo de 2013

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