Ir al contenido principal

AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS 2015



Si va a constituir una sociedad, sepa que en el primer ejercicio que obtenga beneficios y en el siguiente pagará diez puntos menos que las pymes. Así, sólo tributará un 15% por los primeros 300.000 euros, y un 20% por el resto...

A partir de 2013, si constituye una sociedad, en el primer año en el que la base imponible sea positiva y en el siguiente, sólo tendrá que tributar:

 - al 15% por los primeros 300.000 euros de base
-  al 20% por el resto (diez puntos menos que las pymes).

Requisitos

Nueva. Para gozar de este incentivo es preciso que la actividad sea nueva y no haya sido desarrollada previamente por personas o entidades vinculadas que le hayan transmitido su negocio Por ejemplo:
  • Si usted constituye una empresa y, a continuación, dicha sociedad adquiere el negocio de peluquería de su hermano, no podrá disfrutar de los tipos reducidos.
  • Tampoco podrá hacerlo si usted, mediante una aportación no dineraria, traspasa a su sociedad un negocio de su propiedad.
Más de un año. Además, la actividad que vaya a desarrollar no debe haber sido realizada durante el año anterior por un socio con una participación mayoritaria. Por ejemplo, usted es un abogado que trabaja por cuenta propia y que cesa en su actividad:
  • Si antes de que transcurra un año del cese constituye una sociedad que se dedique a la abogacía y en la que usted participe en un 60%, su empresa no podrá aplicar estos tipos reducidos.
  • No obstante, si usted constituye la sociedad junto a otros tres abogados, de forma que cada uno sea propietario del 25% del capital, sí podrá acogerse a dicho incentivo.

Grupos, no. Por último, sepa que los tipos reducidos no son aplicables a sociedades que formen parte de un grupo mercantil (es decir, cuando exista una empresa dominante y otra u otras en las que ésta participe en más del 50% de su capital).Por lo tanto, si usted es socio de una sociedad y quiere constituir otra, constitúyala usted mismo (figurando como socio), y no lo haga a través de su otra sociedad. Tenga en cuenta que si hace que la nueva empresa ‘cuelgue’ de la antigua habrá constituido un grupo de empresas y no podrá aplicar los tipos reducidos. 

Si está interesado en crear una empresa consulte nuestras tarifas reducidas. 

http://easesoronline.com/constitucion-de-sociedades/

Comentarios

Entradas populares de este blog

Como solicitar la devolución del Iva Soportado en el extranjero

El IVA soportado en el extranjero no puede deducirse en las declaraciones del impuesto español , por lo que muchas empresas lo contabilizan como un mayor importe de la factura a la que va asociado, sin embargo,si el IVA se ha soportado en otro país de la UE, puede solicitarse su devolución  [LIVA, art. 117 bis y 119]  . Y puede hacerse por el IVA soportado durante todo el año (en cuyo caso el mínimo para pedir la devolución es de 50 euros) o por trimestres (en cuyo caso el mínimo para pedir la devolución es de 400 euros). El plazo para pedir la devolución finaliza el 30 de septiembre del año siguiente . Pero nada impide que se solicite la devolución al finalizar un trimestre si durante éste el IVA soportado ha superado los 400 euros. La devolución debe tramitarse ante Hacienda, presentando el  modelo 360  por Internet junto con una copia de las facturas que justifiquen el IVA soportado como por ejemplo facturas de hoteles, alquiler de vehículos, alquile...

Guia Practica para Emprendedores: Quiero montar...

Para el Emprendimiento Quiero Montar... La dirección General de Empleo ha editado unos cuadernos-guías proporcionan orientación e información detallada y precisa sobre el proceso de creación de empresas a las personas que contemplan el emprendimiento como vía de desarrollo de su carrera profesional, así como sobre distintos aspectos tales como trámites, requisitos, plazos y costes de constitución de una empresa. La Consejería de Empleo y Mujer  ha promovido la realización del proyecto  que está cofinanciado por el Fondo Social Europeo.   El contenido de cada uno de los cuadernos se ha estructurado de manera que resulte útil y fácil localizar el contenido en el que esté interesado el posible emprendedor. En estos cuadernos se ofrecen las claves para la elaboración del plan de empresa, la elección de la forma jurídica, la realización de los trámites administrativos necesarios para la constitución de la empresa, y el uso de Internet como herramienta ...

LEY ANTIFRAUDE FISCAL: CUESTIONES PRÁCTICAS SOBRE LA LIMITACIÓN DE PAGOS EN EFECTIVO

Una persona compra un producto en un gran almacén por importe de 1.500 euros y pide un ticket, y en el mismo día compra otro producto por 1.200 euros que paga en otra caja del establecimiento y pide un ticket. Al día el cliente pide que le emitan una factura en relación a los dos tickets a nombre de una empresa. El vendedor pregunta si esas operaciones se encuentran sometidas a las limitaciones a los pagos en efectivo. Contestación:  En estos casos se puede tratar de dos operaciones distintas, que podrían satisfacerse en efectivo al no superar ninguna de ellas los 2.500 euros. No obstante, si las operaciones se refiere a los mismos bienes o a bienes que se encontraban directamente relacionadas, y el cliente las separase con la intención de fraccionar una única operación, se sumarían los importes. En este caso, si el gran almacén detectara este fraccionamiento, debería indicar al cliente que el pago debería efectuarse por medios distintos al efectivo. Si el gran almacén n...